Directiva UE contra el blanqueo de capitales (AMLD)
¿Qué es la Directiva de la UE contra el blanqueo de capitales?
El blanqueo de capitales se refiere a los procedimientos y métodos para introducir dinero obtenido ilegalmente o activos adquiridos ilegalmente en el ciclo financiero y económico legal. El blanqueo de capitales es un problema grave, ya que no sólo se utiliza para blanquear grandes sumas de dinero procedentes del tráfico de drogas (a lo Al Capone) y financiar actividades terroristas. Más bien representa una amenaza cada vez mayor para el sistema financiero y económico en su conjunto, y también puede causar considerables pérdidas económicas y daños a la reputación de las empresas afectadas
Para poner fin a estas actividades delictivas, el Parlamento de la UE introdujo en 1991 la Directiva Europea contra el Blanqueo de Capitales (AMLD), que impone toda una serie de reglamentos y normas a las instituciones financieras y otras empresas afectadas, en base a los cuales debe identificarse y notificarse el origen ilegal de los fondos.
Objetivos de la Directiva contra el blanqueo de capitales en Europa
Incluso antes de que entraran en vigor las directrices de la Directiva europea contra el blanqueo de capitales, ya existían leyes nacionales contra el blanqueo de capitales, por ejemplo en Alemania, cuyo objetivo principal era frenar el contrabando de dinero procedente de la droga obtenido ilegalmente. Sin embargo, los objetivos de la actual Directiva europea contra el blanqueo de capitales son más diversos:
- Prevención de la financiación del terrorismo:
Las medidas específicas para identificar y notificar personas y actividades sospechosas tienen por objeto prevenir la financiación del terrorismo. - Aumentar la transparencia:
La Directiva pretende aumentar la transparencia en las relaciones comerciales y las transacciones financieras, en particular mediante la identificación de los beneficiarios efectivos de empresas y fideicomisos. - Enfoques basados en el riesgo:
Los requisitos de la AMLD pretenden establecer herramientas para evaluar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en las instituciones financieras y otras entidades obligadas. - Cumplimiento:
El objetivo de la normativa es garantizar que las empresas utilicen sus procesos, tecnologías y responsabilidades para asegurarse de que todas las medidas necesarias para prevenir el blanqueo de capitales cumplen los requisitos de la AMLD. - Know Your Customer (KYC):
La normativa AMLD pretende aumentar la verificación de la identidad de los clientes para garantizar que éstos y sus actividades son legítimos.
Desarrollo de las directrices contra el blanqueo de capitales
A lo largo de los años, la UE ha adoptado varias directivas contra el blanqueo de capitales, cada una de las cuales responde a los nuevos avances y retos del sector financiero. Estas directivas son parte integrante de los esfuerzos de la UE por garantizar un sistema financiero seguro y transparente, y responden en particular a la creciente complejidad del sistema financiero y a la aparición constante de nuevas amenazas y tecnologías.
1AMLD: La primera Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 1991
- Objetivo: Introducción de un marco vinculante a escala de la UE para combatir el blanqueo de capitales, principalmente en relación con delitos de drogas.
- Contenido principal: La directiva obliga a las entidades financieras a verificar la identidad de sus clientes al abrir cuentas o realizar transacciones por encima de determinados importes. También se introduce la obligación de notificar las transacciones sospechosas.
- Ámbito de aplicación: esta primera directiva sobre blanqueo de capitales se limitaba principalmente al sector bancario y financiero.
2AMLD: Segunda Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 2001
- Ampliación de los grupos profesionales: Ampliación a profesiones y empresas no financieras, incluidos abogados, notarios, contables, agentes inmobiliarios y comerciantes de artículos de lujo.
- Financiación del terrorismoeste nuevo reglamento introduce disposiciones para luchar contra la financiación del terrorismo.
- Ampliación del ámbito de aplicación: El ámbito de aplicación se ha ampliado de los depósitos en efectivo a las operaciones de pago sin efectivo.
- Mayores obligaciones de diligencia debida: Contenía mayores requisitos de diligencia debida para que las empresas verificaran la identidad de sus clientes.
3AMLD: Tercera Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 2005
- Enfoque basado en el riesgo: Las empresas deben adaptar sus medidas contra el blanqueo de capitales al perfil de riesgo individual o específico de sus clientes.
- Obligaciones ampliadas de diligencia debida: Con esta tercera versión, se introdujo la obligación de introducir obligaciones ampliadas de diligencia debida para los clientes considerados personas políticamente expuestas (PEP).
- Mejora de la cooperación: El objetivo era reforzar la cooperación y mejorar el intercambio de información entre los Estados miembros y sus autoridades de supervisión financiera.
- A escala nacional: Se obligó a los Estados federales a crear una oficina central nacional para los informes sobre actividades sospechosas.
4AMLD: Cuarta Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 2015
- Transparencia de los beneficiarios efectivos: introducción de registros de transparencia para los beneficiarios efectivos de empresas y fideicomisos En Alemania se ha introducido el primer registro electrónico de transparencia.
- Delitos fiscales: Con la Cuarta Directiva sobre blanqueo de capitales, los delitos fiscales se incluyeron en la Directiva contra el blanqueo de capitales como delitos subyacentes al blanqueo de capitales.
- Sanciones más severas: Se han endurecido las penas por delitos de blanqueo de capitales y se han ampliado las competencias de las autoridades supervisoras.
5AMLD: Quinta Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 2018
- Regulación de las criptomonedas: Inclusión de los proveedores de servicios de cambio y monedero de criptodivisas en la normativa de lucha contra el blanqueo de capitales.
- Mayor accesibilidad: esta Directiva sobre blanqueo de capitales permite el acceso público a los registros de beneficiarios efectivos y la vinculación de estos registros a escala de la UE.
- Mayores obligaciones de diligencia debida: Se ha introducido una norma más estricta de diligencia debida para las relaciones comerciales con terceros países de alto riesgo.
6AMLD: Sexta Directiva de la UE sobre blanqueo de capitales - 2020
- Armonización de las infracciones penales: normalización de las definiciones de los delitos de blanqueo de capitales en toda la UE.
- Ampliación del ámbito de aplicación: Debido al constante desarrollo de las tecnologías y al consiguiente aumento de los riesgos, el ámbito de aplicación se está ampliando para incluir a los proveedores de servicios de criptomonedas y plataformas de crowdfunding.
- Ampliación de la persecución penal: La responsabilidad penal también se ha ampliado a las personas jurídicas, así como los plazos de prescripción de los delitos de blanqueo de capitales.
- Aumento de las penas: esto se acompañó de un endurecimiento de las penas por blanqueo de capitales, incluidas penas de prisión más largas.
¿Quién tiene que cumplir la normativa contra el blanqueo de capitales en Europa?
El cumplimiento de la normativa AMLD es obligatorio en Europa, en particular para los siguientes sectores y grupos profesionales:
- Instituciones financieras, como bancos, entidades de crédito, proveedores de servicios de pago, oficinas de cambio y empresas que conceden préstamos.
- Compañías de seguros, en particular las que ofrecen seguros de vida y otros productos de capitalización.
- Gestores de activos y empresas de inversión, por ejemplo, empresas dedicadas a la gestión de inversiones, valores y otros activos financieros.
- Corredores y agentes inmobiliarios que trabajan con la compra o venta de propiedades para sus clientes.
- Organizadores y corredores de juegos de azar que explotan casinos y otros establecimientos de juego, tanto en línea como fuera de línea.
- Abogados, notarios, auditores y asesores fiscales que ofrecen servicios financieros, inmobiliarios o empresariales.
- Comerciantes de bienes de alto valor, como coches de lujo, arte, joyas y piedras preciosas, que permiten las transacciones en efectivo.
- Proveedores de servicios fiduciarios y empresariales que crean o gestionan fideicomisos y empresas para terceros.
- Plataformas de criptomonedas y proveedores de monederos que permiten negociar y almacenar criptomonedas.
¿Cómo funciona la verificación de identidad según la normativa de la UE sobre blanqueo de capitales?
La verificación de identidad segura y conforme a la AMLD es especialmente importante como parte del proceso de incorporación y verificación de clientes. Durante el proceso de identificación (también conocido como KYC o Know Your Customer), las instituciones financieras y otras entidades obligadas deben asegurarse de que pueden registrar la verdadera identidad de sus clientes y, en particular, prevenir y evitar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
El proceso de verificación de identidad conforme a la AMLD suele desarrollarse en los siguientes pasos:
- Registro de los datos básicos: El primer paso consiste en registrar los datos básicos de identidad del cliente, como el nombre, la fecha de nacimiento, la dirección y el número de DNI. En el caso de las personas jurídicas, esto incluye la identificación de los beneficiarios efectivos.
- Comprobación de documentos: Durante la comprobación de documentos, deben presentarse documentos oficiales como el carné de identidad o el pasaporte para su cotejo o verificación de identidad. En el caso de las empresas, pueden exigirse extractos del registro mercantil, estatutos u otros documentos pertinentes de la empresa.
- Verificación de la dirección residencial: Confirmación de la dirección residencial mediante documentos como facturas de servicios públicos, extractos bancarios o correspondencia oficial.
- Comparación con listas de sanciones: Una vez realizada la verificación de identificación, se lleva a cabo una comprobación de diligencia debida en segundo plano, durante la cual se realiza una comparación con listas de sanciones nacionales o internacionales, listas de vigilancia o listas de personas políticamente expuestas (PEP). En caso necesario, se lleva a cabo una comprobación de diligencia debida ampliada.
- Revisión y actualización periódicas: las verificaciones de identificación conformes a la AMLD requieren una revisión periódica para garantizar que la situación de la persona identificada no ha cambiado y para identificar cualquier actividad inusual o sospechosa.
La normativa de lucha contra el blanqueo de capitales exige a las empresas con sede en Europa que adopten un enfoque basado en el riesgo para la identificación de los clientes. Esto significa que la frecuencia y la intensidad del control pueden variar: Los clientes con un perfil de riesgo más elevado, como las personas políticamente expuestas o las procedentes de países con un alto riesgo de blanqueo de capitales, están por tanto sujetos a controles más estrictos. Las transacciones llamativas también requieren una verificación específica de la identidad de las personas que las realizan.
Como pionero en soluciones de identificación, WebID ofrece varios productos con los que las empresas pueden llevar a cabo la identificación de sus clientes conforme a la AMLA, como VideoID.
¿Con qué frecuencia se actualiza la normativa antiblanqueo?
La normativa de lucha contra el blanqueo de capitales se actualiza periódicamente para responder a los nuevos retos, los avances tecnológicos y las normas internacionales.
Como muestra la historia a grandes rasgos de la AMDL (1AMLD a 6AMLD), se han hecho -y se siguen haciendo- ajustes. Y ya hay normas que pretenden imponer una mayor normalización de los requisitos a escala de la UE, de modo que se reduzcan en mayor medida las diferencias nacionales de interpretación.
¿Existen normas internacionales contra el blanqueo de capitales y cómo influyen en la normativa de la UE?
Sí, existen normas internacionales contra el blanqueo de capitales, establecidas principalmente por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Se trata de una autoridad mundial de supervisión del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Este organismo intergubernamental establece normas internacionales destinadas a prevenir las actividades ilegales.
Estas normas tienen una repercusión significativa en la normativa de la UE, que se esfuerza por armonizar su legislación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales con las normas internacionales. De este modo se garantiza un planteamiento global coherente y se minimizan los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
¿Cómo pueden las empresas mejorar su cumplimiento de la normativa contra el blanqueo de capitales?
Las empresas pueden adoptar las siguientes medidas para mejorar su cumplimiento de la normativa contra el blanqueo de capitales:
- Implantación de infraestructuras y sistemas informáticos sólidos
Las soluciones eficaces de verificación de la identidad y supervisión de las transacciones son la base de los sistemas que cumplen la normativa de lucha contra el blanqueo de capitales. Las soluciones WebID, como VideoID, son procesos avanzados y seguros de verificación de la identidad que permiten a las organizaciones cumplir los requisitos de conformidad. - Enfoque basado en el riesgo: las empresas deben vigilar constantemente su evaluación de riesgos para poder reaccionar rápida y adecuadamente a los cambios en el perfil de los clientes y las relaciones comerciales.
- Formación y concienciación: La formación periódica de los empleados -especialmente de los responsables de cumplimiento- es esencial para garantizar el cumplimiento de las directrices de lucha contra el blanqueo de capitales.
- Supervisión y evaluación continuas: También es esencial revisar y adaptar periódicamente los procesos y sistemas pertinentes a los nuevos requisitos reglamentarios en materia de prevención de blanqueo de capitales.
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Este white paper describe los obstáculos más comunes a los que se enfrentan las empresas españolas a la hora de expandirse a otros países de la UE, y los pasos a seguir para superar estos obstáculos y garantizar un proceso de internacionalización fluido y exitoso para la empresa.
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